¿Sabías que es posible elegir o modificar el Régimen Patrimonial del Matrimonio?
Antes o luego de contraer matrimonio los futuros cónyuges o cónyuges pueden elegir el régimen patrimonial que más se adapte a sus necesidades o conveniencias económicas y familiares. Podrán optar entre el “Régimen de Comunidad”, donde coexistirán los bienes propios y los gananciales o por el “Régimen de Separación de Bienes”, donde cada uno de los cónyuges conservará la libre administración y disposición de su propio patrimonio, con algunas excepciones vinculadas a la protección de la vivienda familiar y la responsabilidad de las deudas.
¿Una vez elegido uno de los dos regímenes es posible modificarlo?
Sí, pueden hacerlo en cualquier momento mediante Escritura Pública, siempre y cuando haya transcurrido al menos un año de aplicado el régimen anterior.
¿Cómo se debe realizar?
Se otorga por Escritura Pública, por ello no dudes en consultar a tu Escribano de confianza.