¿Cuáles son los requisitos para ser ESCRIBANO en la Provincia de Santa Fe?

Los requisitos para ser escribano son: ser argentino, contar con 5 años de residencia en la provincia, tener título de abogado y escribano y rendir un concurso público de oposición y antecedentes, entre otros.-

¿Entonces los escribanos primero son abogados?

SI, claro. Primero se debe tener el título de abogado, luego el titulo de escribano y después concursar. 

¿Cuándo se llama a concurso público?

El poder ejecutivo llama a concurso público cuando se produce una vacante, la que puede darse por muerte, jubilación o renuncia de un escribano.-

¿Es hereditario ser escribano, los hijos heredan la escribanía de los padres?

No, esto es un mito. Hoy sólo se puede ejercer la profesión rindiendo un concurso público y obteniendo el primer lugar, entre todos los aspirantes, para la localidad que se ha elegido. El mito existe porque antes de implementarse el  concurso se accedía a la función notarial a través de la adscripción,  es decir,  teníamos  a  un escribano titular del registro notarial y otro que era su adscripto. El ejemplo mas claro que solía darse era el padre era escribano, el hijo se recibía  y entonces su padre lo adscribía, luego este se quedaba con el registro  del  padre  a su fallecimiento o jubilación. Con el concurso esto no existe mas.

¿En qué consiste el concurso?

Es un examen de 3 etapas, la primera es un examen escrito, en el cual el jurado da una consigna: se redacta una escritura, se responde una consulta notarial y se realiza un estudio de títulos, prácticamente es la labor diaria de un escribano.- Luego, si se pasa esta etapa, hay un examen oral de materias de derecho civil, comercial, tributario, registral. Y por último una entrevista personal.-

¿Qué diferencia existe entre ser escribano titular y escribano adjunto?

Existen dos tipos de concursos uno para ser escribano titular y otro para ser escribano adjunto, en este último caso, un escribano titular necesita ayuda de otro escribano, quien también debe rendir un concurso para poder ejercer la profesión y trabajar con el escribano titular en su mismo registro notarial.

¿Se elige una localidad para ser escribano en ella?

Si, el registro notarial (la escribanía) tiene asiento en una localidad y el escribano debe ejercer sus funciones en esa localidad, la competencia territorial es departamental y se extiende a departamentos linderos en el caso de las actas de constatación, por ejemplo.-

¿Se puede ser escribano en una localidad y luego concursar para otra?

Por supuesto, en mi caso particular, soy oriunda de López, un pequeño pueblo del departamento San Jerónimo, en el cual no hay escribanías, rendí concurso para la localidad de Coronda y cuando hubo vacante en la ciudad de Gálvez, la cual está ubicada a 15 kilómetros de López, decidí volver a rendir un concurso, lo gané y abrí la escribanía en Gálvez.-

¿Una vez que sos escribano hay que seguir estudiando?

Si, el Colegio organiza jornadas de capacitación a las que debemos asistir. Estimo que está también en cada uno seguir perfeccionándose, asistir a cursos, charlas, posgrados. Las leyes cambian, todos los días tenemos nuevos desafíos, hay que estar preparados para dar seguridad jurídica a las personas ya que el Estado nos ha delegado la fe pública.-

 

 

Entrevista realizada a la Escribana Maria Cecilia Novero  - Titular del Registro Notarial Nº 120.-