Hay muchas personas que viven en pareja pero que, por distintos motivos, han elegido no casarse.
La ley argentina reconoce efectos jurídicos a las uniones convivenciales (comúnmente llamadas concubinato).
La unión convivencial es la unión de dos personas basada en las relaciones afectivas que conviven y comparten un proyecto de vida común.
Los convivientes son las personas mayores de edad, de igual o diferente sexo, que se comportan como si fueran cónyuges; son dos personas que se encuentran unidas por el afecto, que llevan adelante una vida en común, conviven de manera estable, pública, notoria durante al menos dos años y constituyen una familia. Pueden o no tener hijos.-
¿Qué son los pactos de convivencia?
Los pactos de convivencia son acuerdos que pueden realizar los convivientes o concubinos para regular diversos aspectos de su relación, el contenido de los mismos puede ser patrimonial y/o extra patrimonial. Se deben hacer por escrito, y la escritura pública es la forma recomendada.-
¿Qué se puede pactar?
Los acuerdos de convivencia pueden contener normas sobre el mantenimiento y trabajo en el hogar, la crianza y educación de los hijos, como se va a administrar el dinero de la familia, como se van a dividir los bienes obtenidos por el esfuerzo común en caso de ruptura, etc.
Los convivientes gozan de un amplio margen de libertad para pactar sus derechos y obligaciones.-
¿Qué pasa si la pareja se separa?
Las partes pueden en cualquier momento rescindir de común acuerdo los pactos que han celebrado.-