Santa Fe,  07 de septiembre de 2016.-

Solicitud de Fotocopias Escaneadas de Escrituras Matrices
en Protocolos No Archivados
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Art. 336° Ley N° 10.160 (Orgánica del Poder Judicial - t.o. Dec 0046/98)

 

Estimado colega:

Con relación al tema que cita la referencia, llevamos a su conocimiento que el Consejo Superior de la Institución, dispuso que los Escribanos que no hayan cumplido con la obligación prevista en el artículo 336° de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 10.160 (t.o. Dec. 0046/98), deberán enviar al Archivo de Protocolos Notariales, copia escaneada o fotocopia de o las escrituras que se le soliciten, en un plazo no mayor a tres (3) días de requerido mediante correo electrónico.

A tales fines, se estableció el siguiente procedimiento:

a)  El Escribano que requiera copia electrónica de una escritura matriz en Protocolo no archivado, lo hará por el sistema informático habilitado a tal fin y actualmente vigente para las escrituras en archivo:

(Módulo SisAp - menú "Archivo de Protocolos" - opción "Pedido Copia Electrónica" - indicar a cuál Circunscripción se realiza la solicitud).

b) Al recibir el pedido y detectar que el Protocolo correspondiente a la escritura solicitada no está ingresado al Archivo, desde éste y a través del sistema mencionado, se enviará al Escribano autorizante de la escritura solicitada un correo electrónico en el que se le hará el requerimiento, con copia al Escribano solicitante.

c)  Recibida la copia electrónica o la fotocopia de la escritura en cuestión, el Archivo de Protocolos procederá a incluirla en el sistema informático y enviarla al Escribano solicitante, con cargo facturado al mismo de acuerdo a los valores para las copias electrónicas vigente a ese momento.

d) Si vencido el plazo de tres (3) días, el Archivo de Protocolos no recibe la copia electrónica o la fotocopia de la escritura solicitada, se reiterará el pedido para que se dé cumplimiento en un plazo de dos (2) días, dejando constancia que se trata de un segundo requerimiento, también con copia al solicitante.

e)  Vencido el segundo plazo, se cursará informe del incumplimiento al Consejo Directivo respectivo a fin de que evalúe la situación, la que será considerada falta grave a los fines disciplinarios, con copia al Escribano requerido y al solicitante. En este caso no habrá cargo de gasto para el solicitante.

La modalidad estará disponible a partir del jueves 08 de septiembre de 2016.-

El costo será de $ 40.- más $ 8.- por carilla (en la Segunda Circunscripción, el costo es de $ 50.- más $ 9.- por carilla).

La factura respectiva, de forma escaneada, la recibirá conjuntamente con la copia electrónica. Dentro del Resumen de Cuenta Unificado (R.C.U.) que se envía mensualmente desde Contaduría, se detallará el monto total del servicio, el cual deberá abonarse junto al resto de conceptos que integran dicho resumen, utilizando los mismos medios y formas habituales de pago.

Esperando tome debida nota, saludamos a Ud. muy atentamente.-

 

 

 

CAROLINA  CULZONI
Presidente C.D.

MARIA CRISTINA SAHD
Secretaria C.D.