Con relación al tema de referencia, el Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) remitió en la fecha la nota que se transcribe seguidamente, acompañando en archivo adjunto las consideraciones generales que tendrá en cuenta ese Organismo, respecto de los nuevos derechos reales objeto de registración, con motivo de la aplicación de las normas del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.