Vigencia 15/01/2014 inclusive. 


 

Se RECUERDA lo expresado en la circular de fecha 10 de enero con relación a los actos, contratos y operaciones realizados fuera de la Provincia de Santa Fe que se encuentren gravados por el Código Fiscal, que  éstos abonarán los impuestos y tasas respectivas desde la fecha de otorgamiento del acto y NO desde el momento de su presentación ante cualquier autoridad u oficina pública, nacional, provincial o municipal, que colocan el cargo de presentación. ENTRADA EN VIGENCIA: 15/01/2014 INCLUSIVE.

 

NOTA: Como  el SIARES no ha sido modificado, donde dice “Fecha de ingreso al Registro” el escribano debe consignar la fecha de la escritura.

 

Medios de contacto con la Asesora Impositiva C.P.N. Norma Ochoteco: Tel. 0342 - 4593993 - Int. 117; e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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