Vigencia: 24/11/2012 - Operaciones Concertadas en Moneda Extranjera


 

Con relación al tema de referencia, la Asesora Impositiva C.P.N. Norma Ochoteco, elaboró las siguientes pautas que se transcriben a continuación:

 

Operaciones concertadas en Moneda Extranjera.

 

Cuando la base imponible de las obligaciones fiscales esté expresada en moneda extranjera, su conversión a moneda nacional se hará con arreglo al tipo de cambio oficial vigente al día hábil inmediato anterior al momento de producirse el hecho imponible, y al promedio entre el tipo de cambio comprador y el tipo de cambio vendedor.

 

Recordamos medios de contacto con la C.P.N. Norma Ochoteco: Tel. 0342 - 4593993 - Int. 117; e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

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