“DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL Nº 001 - SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 10 de enero de 2011.
Visto la organización alcanzada en el Nodo Reconquista para la recepción y despacho de la documentación que tramita por intermedio de dicha oficina, habilitada desde el 30 de abril de 2010 según Disposición Técnico Registral Nº 001 de fecha 16 de abril del mismo año y;
CONSIDERANDO:
Que se encuentran dadas las condiciones suficientes para incorporar el servicio de “Trámite Urgente” referido a las solicitudes de Certificados e Informes y sus respectivas anulaciones, Búsquedas de inmuebles por Teleproceso, Consultas en línea de medidas cautelares sobre inmuebles, inhibiciones e hipotecas y Fotocopias simples, que tramitan por dicha oficina;
Que igual fundamento permite habilitar, además, el servicio de “En el Acto” para las Consultas en línea y Búsqueda de inmuebles por Teleproceso;
Que en todos los casos será de aplicación el modo y condiciones previstos en la Disposición Nº 111 de fecha 21 de diciembre de 2010;
Que la medida tiende a mejorar la calidad de servicio y a profundizar la descentralización administrativa del Organismo, acercando aún más el Estado al usuario que reside o desarrolla su actividad en lugares distantes a la sede central;
Por ello y de conformidad a las facultades acordadas por la ley 6435 en sus artículos 75, 76 inc. 2) y 3) y art. 87;
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL DE SANTA FE DISPONE
1º.- Habilitar, a partir del 1º de febrero de 2011, el servicio de “Trámite Urgente” para las solicitudes de Certificados e Informes y sus respectivas anulaciones, Búsquedas de inmuebles por teleproceso, Consultas en línea de medidas cautelares sobre inmuebles, inhibiciones e hipotecas y Fotocopias simples que tramitan por la oficina del Nodo Reconquista, en el modo y condiciones previstos en la Disposición Nº 111 de fecha 21 de diciembre del año próximo pasado.
2º.- Habilitar, a partir del 1º de febrero de 2011, el servicio contemplado bajo la modalidad de “En el Acto” para las Consultas en línea y Búsqueda de inmuebles por Teleproceso; en las mismas circunstancias expuestas en el inciso 1º).
3º.- Insértese para su publicidad en la página del Registro General.
4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Firmado: Dra. Nora B. Mauro. Directora General Subrogante.ES COPIA.-”