Santa Fe, 02 de agosto de 2021.-

 

REF.: Actividad Notarial.

Secretaría de Justicia - Provincia de Santa Fe.


Señor Escribano: 

Como resultado de la actuación iniciada oportunamente por esta Institución mediante Expte. N° 00201-0054900-9 ante la Secretaría de Justicia de la Provincia, transcribimos en su parte pertinente la respuesta recibida:

“…el Decreto 0958/21 y sus antecedentes análogos no establecen ninguna restricción a la actividad notarial, sólo una modalización relativa a la concurrencia a las oficinas de los profesionales, con el objetivo de limitar la circulación y aglomeración de personas con el fin de prevenir la circulación del SARS-CoV-II en el marco de la pandemia de COVID-19…”

En razón de su importancia, rogamos tome debida nota.-

Saludamos a Ud. muy atentamente.-


Colegio de Escribanos de la
Pcia. de Santa Fe  - 1ª.Circ.-