Desde la cero (0) hora del 09 de marzo de 2010
“DISPOSICION Nº 28.- SANTA FE, ‘2010 - Bicentenario de la Revolución de Mayo’, 9 de marzo de 2010.- Vista las medidas de fuerza dispuestas por la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) conjuntamente con Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), consistentes en un paro activo sin concurrencia a los lugares de trabajo para los días 10, 11 y 12 de marzo del corriente año y la declaración del estado de asamblea permanente y movilización de los trabajadores, que en el caso del Registro General - Santa Fe se llevará a cabo desde las 11:15 horas del día de la fecha; y CONSIDERANDO: Que con el objeto de evitar perjuicios a los usuarios del servicio, dado que la modalidad a implementarse afectará la normal recepción de los documentos en la División Mesa de Entradas del Organismo, resulta conveniente suspender los plazos registrales establecidos por la legislación vigente; Que tal circunstancia constituye un supuesto de fuerza mayor que encuadra en lo previsto por la Ley 9263 y la Resolución Ministerial Nº 981/83, cuyas normas facultan a la Dirección General a tomar dicha medida de excepción en casos como los que motivan la presente; Por ello y de conformidad con las facultades emergentes de la ley 9263 y Resolución Ministerial Nº 981/83; LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL - SANTA FE - D I S P O N E: 1º.- Suspender los plazos registrales establecidos en la Ley 6435 desde la cero (0) hora del día 9 de marzo de 2010, situación que se mantendrá mientras dure el hecho de excepción que la fundamenta quedando incluidos los días sábado y domingo próximos solamente en el caso de cumplirse en su totalidad el parto de actividades conforme a lo programado.- 2º.- La suspensión de los plazos alcanzará: a) A los documentos cuyo término de presentación o caducidad se cumpliere en dicho período y no hayan sido recepcionados, conforme a la legislación vigente, durante las horas de atención al público en el día de la fecha; b) A aquellos certificados e informes cuyo plazo de validez comprendiere el período de la suspensión, con excepción del día de su presentación si éste fuera el 9 de marzo de 2010.- 3º. Regístrese, notifíquese y archívese.- Fdo.: Dra. Nora B. Mauro - Directora General Subrogante - Registro General - Santa Fe”.-