Tasas Ley 8994. Actualización. Vigencia 01/Junio/2009

Estimado colega:

         Las autoridades del Colegio mantenemos reuniones periódicas con la Directora del Registro General, desde el mismo momento de su asunción al cargo; en las que hemos propuesto aunar criterios, acercando a las partes en sus distintos intereses, consensuando metodologías y plazos de aplicación. 

Uno de los logros obtenidos es la reinstauración de los trámites urgentes, a partir del 1º de junio de 2009, en las condiciones que determina la disposición Nª 057/09 dictada por la Directora General a/c del Registro General - Santa Fe, que contiene también una actualización de las tasas previstas en la Ley Convenio Nº 8994, la que se transcribe a continuación.

Esperando tome debida nota de su contenido, saludo al colega muy atentamente.

 

CARMEN RAQUEL BELTRAMINO

Presidente

 

PEDRO IGNACIO BERTORELLO

Secretario

 


DISPOSICIÓN Nº 057. Santa Fe, 07 de mayo de 2009.- Visto el acuerdo de fecha 06 de mayo último alcanzado entre el Colegio de Escribanos de la Provincia, Primera Circunscripción, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Registro General - Santa Fe, destinado a aumentar las tasas derivadas de la Ley Convenio Nº 8994, cuyas percepción deriva de lso diferentes servicios que presta el Organismo, con vigencia a partir del 1º de junio próximo; y CONSIDERANDO: Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto, a partir de la fecha indicada lso diferentes actos administrativos internos que establecieron los valores de las tasas actualmente en vigencia; Que para dicho Acuerdo, similar al arribado en el ámbito del Registro General - Rosario, se valoró la manifiesta desactualización de las mismas, teniendo en cuenta que fueron oportunamente implementadas con el fin de colaborar en el desarrollo y modernización de la actividad registral, habiéndose efectuado, además, un estudio comparativo con las previstas en la Disposición Nº 46/92 y las vigentes en las otras provincias del país que cuentan con este sistema; Por ello y de conformidad con las facultades  emergentes de la Ley 6435, LA DIRECTORA GENERAL (a/c) DEL REGISTRO GENERAL - SANTA FE DISPONE 1º- Dejar sin efecto, a partir del 1º de junio de 2009 las Disposiciones Nºs. 148/04, 96/06 y 137/07. 2º - Actualizar las tasas previstas en el Convenio de colaboración financiera y técnica celebrado con el Colegio de Escribanos de la Provincia en virtud de la Ley 8994, conforme al detalle obrante en la planilla anexa que compuesta de tres (3) fojas se considera como parte integrante de esta Disposición. 3º - Fijar el período comprendido entre el 1º de junio y el 31 de agosto de 2009 para la renovación de las Credenciales de Gestores. Vencido dicho término no podrán realizar las tramitaciones que les son permitidas conforme lo establecido por el artículo 4º de la disposición Técnica Registral Nª 1/92. 4º - La presente entrará en vigencia el día 1º de junio de 2009. 5º- Regístrse, comuníquese y archívese- Firmado Dra. Norma B. Mauro. Directora General (a/c) 

 

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