Santa Fe, 15 de abril de 2021.-
REF.: API RESOLUCION Nº 19/2
Sr. Escribano:
Con relación al tema de referencia, los Asesores Impositivos han obtenido la siguiente información:
___________________________________________________________________________
API RESOLUCION Nº 19/21 DE FECHA 12-4-21
Régimen de regularización tributaria, Ley nº 14025. Agentes de retención
Los escribanos en su carácter de agentes de retención del impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios, que hubieran omitido actuar como tales, por deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020, pueden acogerse a los beneficios de la Ley nº 14025.
Para ello deben solicitar la liquidación a la Oficina Inspección de Escrituras Públicas, por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 27/05/21.
___________________________________________________________________________
Adjuntamos la citada Resolución Nº 19/21.-
En razón de su importancia, solicitamos tome debida nota.-
Saludamos a Ud. muy atentamente.-
Colegio de Escribanos de la
Pcia. de Santa Fe -1ra.Circ. -
Archivo |
---|
RESOLUCIÓN 19/21 |