Santa Fe, 15 de abril de 2021.-
 

REF.API RESOLUCION Nº 19/2

 


Sr. Escribano:


Con relación al tema de referencia, los Asesores Impositivos han obtenido la siguiente información:

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API RESOLUCION Nº 19/21 DE FECHA 12-4-21

Régimen de regularización tributaria, Ley nº 14025. Agentes de retención

Los escribanos en su carácter de agentes de retención del impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios, que hubieran omitido actuar como tales, por deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020,  pueden acogerse a los beneficios de la Ley nº 14025.

Para ello deben solicitar la liquidación a la Oficina Inspección de Escrituras Públicas, por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 27/05/21.

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Adjuntamos la citada Resolución Nº 19/21.-

En razón de su importancia, solicitamos tome debida nota.-

Saludamos a Ud. muy atentamente.-

 

Colegio de Escribanos de la
Pcia. de Santa Fe -1ra.Circ. -

 

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RESOLUCIÓN 19/21