Santa Fe, 19 de mayo de 2020.-
REF.: API - FISCALIZACIÓN DE ESCRITURAS PÚBLICAS
RECORDATORIO
Sr. Escribano:
Recordamos que con relación al tema de referencia, las Asesorías Impositiva y de Consultas sobre API han obtenido la siguiente información:
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API FISCALIZACIÓN DE ESCRITURAS PÚBLICAS.
A raíz de los requerimientos que personal de la oficina de fiscalización de escrituras públicas está enviando a los escribanos, hemos recabado la siguiente información:
- Los requerimientos son cursados vía mail tomando al efecto la dirección de correo declarado en el SIARES.
Por tal motivo se recomienda actualizar el mismo ingresando en la página web de AFIP, con CUIT y clave fiscal, en la función “API- SANTA FE-SIARES”, “MODIFICAR DATOS ESCRIBANOS”.
- Las escrituras requeridas deben ser escaneadas y enviadas por la misma vía.
- El escribano va a recibir la confirmación de la lectura por parte del personal de la oficina.
- El plazo para la presentación de la documentación es de 15 días hábiles.
- En caso de incumplimiento por parte del escribano, el requerimiento será cursado de manera fehaciente.
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En razón de su importancia, solicitamos que tome debida nota.
Saludamos a Ud. muy atentamente.-
Colegio de Escribanos de la
Pcia. de Santa Fe -1ra.Circ. -